Servicios prestados por la Sra. Zebél y su personal
Ciudadanía:
Las personas que han sido residentes permanentes legales durante tres o cinco años pueden solicitar la ciudadanía con el USCIS (US Aduanas y Servicio de Inmigración). Cualquier solicitantes que han tenido salidas largas de los Estados Unidos o que han sido arrestados por cualquier delito , ya sea crímenes o delitos , deben buscar el asesoramiento de un abogado. El hecho de que una condena ha sido borrado por ningún tribunal estatal no tiene nada que bajo las leyes federales de inmigración. El abogado también se debe buscar cuando el solicitante originalmente obtuvo su / su residencia después de haber sido concedido el asilo.
Individuos con Habilidades Extraordinarias en las Artes, Ciencias o Negocios:
Individuos que pueden documentar su renombre internacional o nacional en su campo de especialización pueden solicitar la residencia permanente sin la necesidad de tener un empleador. Todas las demás formas de visas profesionales y no profesionales requieren una oferta de trabajo formal por un empleador o empresa hecho bajo estrictas condiciones establecidas por el Departamento de Trabajo (Department of Labor). En corto, cuando se puede establecer habilidades extraordinarias de alto renombre no hay necesidad de una oferta de trabajo o de la finalización de condiciones complicadas.
Ciudadanía: Personas que han sido residentes legales durante tres o cinco años pueden solicitar la ciudadanía. Precauciones especiales deben ser tomadas por los solicitantes que han tenido salidas largas de los Estados Unidos o que han sido arrestados por cualquier delito. El hecho de que una condena ha sido eliminado o borrado por el tribunal estatal no cuenta bajo las leyes federales de inmigración.
Peticiones Familiares:
Ciudadanos o residentes permanentes de los Estados Unidos pueden presentar peticiones a favor de sus padres, hijos (solteros o casados), cónyuges y hermanos. Dependiendo de la relación familiar y el país de origen, puede haber meses o años de espera hasta conseguir la residencia permanente. Sin embargo, cónyuges, hijos (menores de 21), y padres de ciudadanos estadounidenses son considerados «familiares inmediatos» y no tienen requisitos de espera fuera de los tiempos de procesamiento normales.
Asilo:
Cuando un individuo tiene miedo a la persecución en su país de origen, el/ella puede solicitar asilo con la Oficina de Asilo del USCIS. Una petición de asilo también puede ser presentada ante un juez de inmigración como una posible defensa contra la deportación. El pedido puede ser basado en opinión política, religión, origen nacional, raza o la pertenencia a un grupo particular (que incluye familias, miembros de la comunidad LGBT y, en algunos casos estrechas, mujeres abusadas). Hay plazos importantes que tienen que ser cumplidos y por eso un individuo que esté considerando solicitar el asilo debe buscar asesoría legal lo mas pronto posible. Otras aplicaciones similares pero más difíciles incluyen restricción a la expulsión y la protección bajo la Convención Contra la Tortura establecido por la Organización de las Naciones Unidas.
Asilo Para Niños Recién Llegados:
Los niños que llegan a los Estados Unidos sin la compañía de un padre puede solicitar asilo si temen por su seguridad al regresar a sus países de origen. Las bases de las solicitudes de asilo sigue siendo las mismas indicado arriba. Muchas veces cuando los niños cruzan las fronteras solos y piden asilo, se pueden reunirse con familiares o tutores que ya viven en Estados Unidos mientra que sus solicitudes estén bajoexamen. Si la solicitud de asilo es negada, habrá otra oportunidad de presentar su pedido en frente de un juez de inmigración.
Proceso de Deportación/Expulsión:
Inmigrantes que esten viviendo en los Estado Unidos legalmente o ilegalmente pueden ser metidos en proceso de deportación ante un juez federal de inmigración por muchas razones. Las más comunes incluyen haber entrado en los Estados Unidos sin documentación, haber vivido en los Estados Unidos sin estatus legal, haber cometido fraude para obtener su residencia, haber sido condenado o simplemente por haber sido arrestado por la comisión real o supuesta comisión de un crimen. Estos casos pueden ser difíciles y muchas veces toman años para resolver en los tribunales. Hay varias formas de detener una deportación sin embargo las defensas más utilizadas por los profesionales son solicitudes de cancelación de deportación, asilo o pedidos para indultos.
Cancelación de Deportación/Expulsión:
Cancelación de Deportación es una posible defensa contra una deportación si se puede probar que uno: 1) ha vivido en los Estados Unidos durante 10 años antes que se inicie el proceso de deportación, 2) es de buen carácter moral y, 3) tiene un hijo, cónyuge o padre que sea residente legal o ciudadano estadounidense quien sufriría consecuencias «extremadamente inusuales» si el individuo sea deportado. Casos de cancelación requieren el testimonio de expertos capacitados y especializados (médicos, psicólogos, profesores) junto con informes detallados. También información de fuentes importantes sobre las condiciones sociales/económicos del país de origen del solicitante deben ser presentados ante el tribunal.
Detención por ICE o la Patrulla Fronteriza:
Cuando una persona es detenido por las autoridades de inmigración en su casa, trabajo o en un intento de entrar por la frontera, medidas inmediatas deben ser tomadas por un abogado de inmigración para que el inmigrante puede evitar una expulsión inmediata. Si el inmigrante tiene miedo de volver a su país de origen, deben consultar con un abogado sobre la posibilidad de solicitar asilo.
DACA (Acción Diferida para Niños ):
DACA es una orden ejecutiva firmada por el presidente Obama que protege específicamente a los niños y adultos jóvenes de ser deportados de los Estados Unidos. Los requisitos básicos son que el solicitante 1) ha entrado en los Estados Unidos antes de su cumplir 16 años, 2) estaba bajo la edad de 31 y no tenía ningún estatus migratorio válido el 15 de junio de 2012, 3) ha vivido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007, 4) está estudiando actualmente en high school o se ha recibido del high school (u obtuvo un GED) y
5) no ha sido condenado por ningún delito significativo.
DAPA (Acción Diferida para los Padres de Ciudadanos Estadounidenses o Residentes Legales):
Esta es otra orden ejecutiva que fue autorizado por el presidente Obama el 20 de noviembre de 2014. Si se aplica protegerá a millones de personas indocumentadas quienes son padres de ciudadanos estadounidenses o residentes legales y que han vivido en los EEUU desde 1 de enero de 2010. Lamentablemente la orden del presidente se detuvo en una corte federal por el estado de Texas. La oficina del fiscal general de Texas alega que la oficina del presidente no se tomó ciertas medidas procesales requeridas por el gobierno federal antes de que el presidente firmó la orden. Por esta razón, DAPA ha sido suspendido hasta que los jueces federales resuelven la cuestión de su legalidad. Como el destino de DAPA todavía no está claro, ningún abogado, notario o consultante debe ser pagado para asistir en esta aplicación.
Solicitudes para Indultos:
Personas que hayan cometido cualquier tipo de fraude de inmigración, han sido deportados previamente, o que han vivido ilegalmente en los Estados Unidos por más de 6 meses o un año necesitarán pedir al USCIS un perdón especial antes que las autoridades les otorgarían la residencia permanente.
Si se concede el indulto, será emitido por las oficinas de inmigración dentro de los Estados Unidos o a través de las embajadas estadounidenses en el país de origen del solicitante. Los requisitos son estrictos y requieren la documentación de apoyo de otros expertos (como maestros, médicos, psicólogos), registros médicos y/o escolares y informes de fuentes importantes sobre las condiciones del país de origen del solicitante.
Procesamiento a Través las Embajadas Estadounidenses:
Basado en la historia inmigratoria de un individuo solicitando la residencia, él/ella puede ser obligado obtener la residencia permanente a través de una embajada estadounidense en su país de origen. Hay que ser bastante precavidos con estes casos porque si la visa fuera negada por un funcionario de la embajada, el solicitante no podrá regresar a los Estados Unidos por muchos años.
Recursos Ante la Junta de Apelaciones de Inmigración:
Cualquier decisión tomada por un juez de inmigración puede ser apelada ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals). Los temas presentados en argumentos escritos o verbales se basan en errores en la aplicación de la ley cometido por un juez. Asimismo, en algunos casos, las decisiones tomadas por los funcionarios del USCIS en la adjudicación de las peticiones presentados a ellos, también pueden ser apeladas ante la Junta de Apelaciones u otra autoridad similar.
Recursos al Noveno Circuito de Apelaciones:
Cuando una apelación se pierde ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, un inmigrante puede apelar la decision de la Junta de Apelaciones a la Corte del Noveno Circuito. Al igual que con otras apelaciones, los argumentos se basan en las aplicaciones incorrectas de la ley de inmigración por miembros de la Junta al caso ante ellos.